Lunes a jueves 9:00–14:00 y 15:00–17:00 · Viernes 9:00–14:00+34 972 841 004WhatsAppCA · ES
Inicio › Blog › Vehículos
VEHÍCULOS

Seguro de coche: terceros, ampliado o todo riesgo

Por el equipo de Invertis Capital · octubre de 2026 · 8 min de lectura
Seguro de coche: terceros, ampliado o todo riesgo

Terceros, ampliado, todo riesgo: los nombres confunden, y lo que cubre cada modalidad cambia según la póliza. Esta guía te ayuda a entender qué es obligatorio, qué es opcional, qué mirar antes de firmar y qué hacer el día de un accidente, que es cuando un seguro se pone a prueba de verdad.

EN RESUMEN
El seguro obligatorio cubre los daños a terceros, no tu coche ni tus lesiones como conductor.
Terceros ampliado y todo riesgo son nombres comerciales: lo que cubren se ve en la póliza, no en el nombre.
La franquicia baja la prima pero la asumes en cada siniestro; mira también luna, asistencia, coche de sustitución y valor en pérdida total.
Ante un accidente: DAA, fotos, comunicar a la compañía en plazo y firmar solo si hay acuerdo.

1. Qué es obligatorio y qué no

Todo propietario de un vehículo que se estaciona habitualmente en España debe tener un seguro que cubra la responsabilidad civil: los daños que causes a otras personas y a sus bienes. Lo establece el Real Decreto Legislativo 8/2004 (texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor). La obligación es por cada vehículo.

Este seguro obligatorio cubre a los demás, no a ti. El propio texto excluye las lesiones del conductor y los daños al vehículo asegurado. Los límites de cobertura obligatoria no figuran en la ley sino que los fija una norma reglamentaria: compruébalos siempre en la fuente oficial vigente y no te fíes de una cifra de memoria.

Un detalle útil: el seguro obligatorio vale en el Espacio Económico Europeo con una única prima. Y otro: la aseguradora no puede oponer a la víctima exclusiones que sí podría alegar frente a su cliente, como no tener carné. Lo que ocurra después entre la aseguradora y el asegurado depende de la ley y de la póliza.

2. Terceros básico, terceros ampliado y todo riesgo

No hay una definición legal de cada modalidad: son nombres comerciales y el contenido real es el de tu póliza. Como esquema general:

Terceros básico: el seguro obligatorio, a menudo con defensa jurídica y asistencia en carretera según la póliza. No repara tu coche.
Terceros ampliado: añade coberturas propias, habitualmente luna, robo, incendio y, según la compañía, fenómenos atmosféricos o colisión con animales de caza.
Todo riesgo: incluye los daños a tu coche aunque el culpable seas tú. Puede ser con franquicia o sin ella.

La franquicia es la parte de cada reparación que paga el asegurado. Una póliza con franquicia suele tener una prima más baja que una sin ella; a cambio, en cada siniestro indemnizable asumes el importe pactado. Pide que conste por escrito cuál es y si se aplica a todos los daños o solo a algunos.

3. Las coberturas que deciden el día del siniestro

El precio no lo explica todo. Estas son las coberturas que más se echan de menos cuando faltan:

Luna: si cubre solo la sustitución, también la reparación y cuántos siniestros de luna hay por año. Mira si hay franquicia.
Asistencia en carretera: desde qué kilómetro (cero o a partir de una distancia), si incluye tu domicilio, el remolque hasta el taller y la estancia si te quedas fuera.
Coche de sustitución: durante cuántos días, en qué supuestos (avería, accidente, robo) y de qué categoría.
Defensa jurídica y reclamación de daños: hasta qué importe y si puedes elegir abogado.
Ocupantes: si hay cobertura de lesiones para los ocupantes y para el conductor, que el obligatorio excluye.
Valor en caso de pérdida total: valor venal (el valor de mercado del coche en el momento del siniestro), valor a nuevo durante un periodo, o valor pactado. Puede haber mucha diferencia entre uno y otro.

Lee también las cláusulas limitativas. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro exige que las cláusulas que limitan los derechos del asegurado se destaquen de modo especial y se acepten por escrito. Si no lo ves, pregunta.

4. Bonus-malus y qué cambia la prima

El bonus-malus es el sistema con el que las compañías bonifican los años sin siniestros y recargan la prima cuando los hay. Cada compañía tiene su escala y sus criterios de cómputo, de modo que un historial no se traduce igual en todas partes. Pide el certificado de historial de siniestralidad si cambias de compañía, y comprueba cómo se contarán los siniestros en los que no fuiste culpable.

En la prima también influyen la edad y la antigüedad del carné, el tipo de coche, dónde se aparca, el uso (particular o profesional) y los kilómetros anuales. Responde con exactitud: un dato equivocado puede dar problemas después.

5. Errores habituales antes de contratar

Comparar solo la prima y no lo que hay dentro: franquicia, exclusiones, límites de asistencia y valor asegurado.
Contratar todo riesgo para un coche de poco valor donde la diferencia de prima y la franquicia hacen que no compense, o terceros básico para un coche nuevo que no podrías reparar.
No revisar la póliza en la renovación: la prima y las condiciones pueden cambiar sin que tú lo hayas pedido.
Declarar un conductor habitual que no es el real o un uso que no es el uso real.
No tener a mano la póliza ni el teléfono de asistencia.
Comprobar la matrícula solo cuando ya hay un problema. El FIVA, fichero informativo de vehículos asegurados que gestiona el Consorcio de Compensación de Seguros, permite consultar si un vehículo tiene el seguro obligatorio en vigor; una póliza nueva puede tardar unos días en aparecer.

6. Qué hacer si tienes un accidente

Primero, seguridad: señaliza, saca a los ocupantes del peligro y llama al 112 si hay heridos. Si hay heridos o fallecidos, la policía de tráfico debe elaborar un atestado. Después:

Rellena la Declaración amistosa de accidente (DAA) o, si hay coches extranjeros, el parte europeo de accidente. La DGT recomienda escribir con letra clara, dibujar un croquis y marcar las circunstancias que corresponden a cada vehículo.
Firma solo si hay acuerdo. Firmar supone aceptar el contenido. Si no estás de acuerdo con la versión de la otra parte, no firmes y avisa a la policía.
Haz fotos de los vehículos, las matrículas, la zona y los daños, y anota datos de testigos.
Comunica el siniestro a tu compañía. La Ley 50/1980 (art. 16) fija un plazo máximo de siete días desde que lo conoces, salvo que la póliza prevea uno más largo.

Las reclamaciones por daños se dirigen a la aseguradora del responsable. Si el causante no se ha podido identificar, el vehículo era robado o no tenía seguro, la reclamación va al Consorcio de Compensación de Seguros, que en esos supuestos paga dentro de los límites del seguro obligatorio. En daños materiales causados por un vehículo sin seguro o robado se aplica una franquicia fijada por reglamento.

Una vez declarado el siniestro, la compañía debe pagar lo que corresponda tras las investigaciones necesarias; en todo caso, debe abonar el importe mínimo que pueda deber dentro de los cuarenta días siguientes a la recepción de la declaración (art. 18 de la Ley 50/1980). Si no hay acuerdo o te parece que hay una demora injustificada, el primer paso es la queja al servicio de atención al cliente de la compañía.

Ejemplo ficticio: un coche con un valor venal de 9.000 euros, asegurado a todo riesgo con una franquicia de 300 euros, tiene una colisión en la que el culpable es el propio conductor. El taller presupuesta la reparación en 1.800 euros. Con esa franquicia, el asegurado asume 300 euros y la compañía cubre los 1.500 restantes, si la póliza lo cubre tal como es. Si el daño fuera tan grande que la reparación superase el porcentaje del valor que fija la póliza para considerar pérdida total, la indemnización se calcularía sobre el valor venal de 9.000 euros, no sobre el precio de comprar un coche equivalente. Cifras inventadas solo para ilustrar el cálculo.

7. Cuándo conviene contar con una correduría

Una correduría se nota cuando hay un problema. En Invertis, la correduría de seguros no es de ninguna aseguradora y no cobra nada al cliente: su remuneración es una comisión que paga la compañía y que ya va incluida en la prima. Eso nos permite mirar la póliza de tu coche con tus necesidades por delante.

Conviene tener una persona de referencia cuando tienes que elegir entre modalidades, cuando cambias de coche, cuando en la renovación sube la prima sin motivo claro y, sobre todo, cuando hay un siniestro. En cada siniestro, el seguimiento es manual y personal: comprobamos que se haya abierto, que se haya pedido la documentación correcta y que no quede parado. No prometemos resultados, porque la decisión final es de la compañía y del contrato, pero no te dejamos solo en el proceso.

Esta guía es información general; no es asesoramiento legal. Lo que manda es tu póliza.

Preguntas frecuentes

¿Qué seguro es obligatorio para el coche?

El de responsabilidad civil de vehículos a motor, regulado por el Real Decreto Legislativo 8/2004. Cubre los daños a terceros, dentro de los límites que fija la normativa. No cubre los daños de tu vehículo ni las lesiones del conductor.

¿Qué pasa si circulo sin seguro?

Incumples la obligación legal y el RDL 8/2004 prevé sanciones, entre ellas el posible depósito del vehículo. Además, si causas un accidente sin seguro, las víctimas pueden acabar reclamando al Consorcio de Compensación de Seguros, pero eso no te libra de las consecuencias. Consulta la norma vigente para las sanciones concretas.

¿Es mejor todo riesgo con franquicia o sin ella?

Depende de cuánto quieres pagar de prima y de qué parte de una reparación puedes asumir. Con franquicia, la prima suele ser más baja y asumes un importe fijo en cada siniestro. Sin ella, la prima es más alta pero no hay desembolso. Ninguna de las dos es mejor por sí misma.

¿El valor venal es lo que me pagarán si dan el coche por perdido?

Depende de la póliza. En muchos casos la indemnización se calcula sobre el valor venal, pero algunas pólizas incorporan valor a nuevo durante un periodo o un valor pactado. Hay que mirarlo antes de contratar, no después del siniestro.

¿Puedo firmar la declaración amistosa si no estoy seguro de la versión del otro conductor?

No conviene. Firmar es aceptar el contenido. Si no hay acuerdo, la DGT aconseja no firmar y avisar a la policía.

¿Qué hago si la aseguradora tarda en responder?

Reclama primero por escrito al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente de la compañía. Si pasa un mes sin respuesta, o la respuesta no te convence, puedes acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Fuentes y revisión

Contenido elaborado por el equipo de Invertis Capital. Fuentes consultadas el 20 de octubre de 2026.
Si eres víctima de un siniestro de tráfico · Dirección General de Tráfico
Portada: imagen fotorrealista generada con IA para ilustrar el tema del artículo. No muestra ningún cliente, profesional ni caso real.
Información general. No sustituye la lectura de tu póliza ni el asesoramiento legal. Los plazos y las condiciones varían según cada póliza y cada caso.
SIGUE LEYENDO

¿Quieres que revisemos tus seguros?

Cuéntanos qué tienes contratado y te decimos si te falta algo, si te sobra o si hay una opción mejor. Sin compromiso.

Habla con un asesor
Escribir por WhatsApp
Lunes a jueves 9:00–14:00 y 15:00–17:00 · Viernes 9:00–14:00 · WhatsApp +34 644 405 997