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CORREDURÍA

Qué es una correduría de seguros y cómo cobra

Por el equipo de Invertis Capital · octubre de 2026 · 7 min de lectura
Qué es una correduría de seguros y cómo cobra

Una correduría de seguros es una empresa de mediación que te asesora y gestiona tus seguros sin pertenecer a ninguna aseguradora. Su trabajo se nota sobre todo cuando hay un problema: un siniestro, una renovación que sube o una cobertura que no es la que creías. Esta guía explica qué es, qué hace, cómo cobra, qué requisitos legales debe cumplir y cómo comprobarlo antes de confiarle tus pólizas.

EN RESUMEN
Una correduría asesora, compara y gestiona sin pertenecer a ninguna aseguradora; la decisión de pagar un siniestro es de la aseguradora.
La comisión la paga la compañía y va incluida en la prima; los honorarios solo existen si se pactan por escrito.
Debe estar inscrita en el registro oficial, tener seguro de responsabilidad civil y capacidad financiera, y atención a la clientela.
La diferencia se nota cuando hay un siniestro: alguien tiene que hablar con la aseguradora por ti.

1. Qué es una correduría de seguros

El Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, sustituyó a la Ley 26/2006 de mediación de seguros e incorporó la Directiva (UE) 2016/97. Clasifica a los mediadores en agentes y corredores. Los corredores realizan la distribución ofreciendo asesoramiento independiente, basado en un análisis objetivo y personalizado, a quien demanda cobertura para unos riesgos. Una correduría es un corredor constituido como sociedad; también hay corredores personas físicas.

Un corredor no es una aseguradora ni un empleado de una aseguradora. No asume ningún riesgo ni decide si se paga un siniestro: eso lo hace la aseguradora, de acuerdo con la póliza y la ley. De hecho, la normativa prohíbe a los mediadores asumir la cobertura de riesgos y añadir recargos a los recibos de prima.

Según el informe estadístico de mediación 2024 de la DGSFP, el 21 de noviembre de 2025 el registro estatal contaba con 884 corredores personas físicas y más de 2.500 corredurías sociedad, en total más de 3.400. El informe analiza solo el registro de la DGSFP; los mediadores inscritos en los registros autonómicos constan aparte.

2. Qué hace una correduría por ti

Antes de contratar, identifica tus necesidades a partir de lo que le cuentas, mira qué hay en el mercado y, si te asesora, te hace una recomendación personalizada y te explica por qué un producto concreto las cubre mejor (Directiva, art. 20). También debe informarte de quién es, de si actúa por tu cuenta o por la de una aseguradora y de cómo cobra (arts. 18 y 19).

Durante la vida de la póliza, gestiona renovaciones, modificaciones y recibos. Hay una pregunta que conviene hacerse cada año: ¿la póliza sigue cubriendo lo que debe cubrir? Las situaciones cambian (una reforma, un vehículo nuevo, un negocio) y las coberturas deberían seguirlas.

Cuando las cosas van mal, la normativa exige al corredor prestar asistencia y asesoramiento en caso de siniestro. Ahí se nota la diferencia: alguien que conoce tu póliza habla con la aseguradora por ti, reúne la documentación, hace el seguimiento y te explica en qué punto está el expediente. En Invertis, cada siniestro se sigue de forma manual y personal, con una persona de referencia. Ninguna correduría puede prometer el resultado: la decisión de pagar corresponde a la aseguradora y depende de lo que diga la póliza.

3. Cómo cobra una correduría

La remuneración del corredor reviste la forma de comisiones. La aseguradora paga una cuando se contrata o se mantiene una póliza a través de la correduría, y esa comisión va incluida en la prima. Por tanto, no pagas un importe adicional por el asesoramiento ni por la gestión de los siniestros. La Directiva (art. 19) obliga al corredor a indicarte, antes de contratar, si cobra una comisión incluida en la prima o un honorario que paga directamente el cliente.

La normativa permite que corredor y cliente pacten por escrito honorarios profesionales, pero debe ser un acuerdo expreso, nunca una sorpresa. En Invertis no pagas nada aparte de la prima.

También hay una regla que te protege: la remuneración y los incentivos no pueden entrar en conflicto con la obligación de actuar en beneficio del cliente (Directiva, art. 17). Por eso es legítimo que preguntes cómo cobra cualquier mediador, y que lo pidas por escrito.

4. Requisitos legales: qué debe cumplir una correduría

Inscripción. Debe inscribirse en el registro administrativo de distribuidores antes de empezar la actividad (RDL 3/2020, art. 131): el registro estatal de la DGSFP o, según el ámbito de actuación, el de la comunidad autónoma.
Responsabilidad civil profesional. Seguro de 1.564.610 euros por siniestro y 2.315.610 euros para el conjunto de los siniestros de un año (art. 157), importes vigentes desde el 9 de octubre de 2024.
Capacidad financiera. El 4 % de las primas anuales percibidas, con un mínimo de 23.480 euros (art. 157), también vigente desde el 9 de octubre de 2024.
Atención a la clientela. Un departamento o servicio de atención a la clientela, o un defensor de la clientela, que debe ser una entidad o persona experta independiente. Si el defensor resuelve a favor del cliente, la decisión vincula a la aseguradora o al corredor, y el cliente conserva la vía judicial y administrativa.
Transparencia. Hacer constar de forma destacada la inscripción y los vínculos significativos con aseguradoras.
Prohibiciones. No puede asumir riesgos, añadir recargos a los recibos de prima, modificar contratos sin el consentimiento del cliente ni imponer contratos de seguro.

5. Cómo saber si una correduría es legal

Antes de confiarle tus pólizas, comprueba esto:

Pide el número de inscripción y consúltalo. El Punto Único de Información de la DGSFP incluye también a los mediadores inscritos en los registros de las comunidades autónomas.
Comprueba que, antes de recomendarte nada, te dice quién es, si te asesora y cómo cobra.
Pregunta cómo y ante quién se reclama: quién tiene la atención a la clientela.
Si pagas la prima al corredor, exige el recibo de la aseguradora. Sin ese recibo, el pago no se considera hecho a la aseguradora.
Desconfía de quien te prometa el resultado de un siniestro.

6. Cuándo conviene una correduría

No siempre hace falta una correduría. Si necesitas un solo seguro sencillo y sabes exactamente lo que quieres, puedes contratarlo directamente, con un agente o en el banco, siempre que entiendas las condiciones. Una correduría aporta más cuando tienes varias pólizas (hogar, vehículo, salud, vida, negocio), cuando un riesgo es complejo o cuando quieres que alguien lleve los siniestros por ti.

Ejemplo ficticio. Una persona autónoma tiene un seguro de responsabilidad civil para su taller. Una máquina provoca un pequeño incendio y hay daños en un local vecino. Llama a la correduría, que le pide los datos y la documentación, comunica el siniestro a la aseguradora, se encarga de las comunicaciones con el perito y le va explicando en qué punto está el expediente. La correduría no decide si la aseguradora paga ni cuánto: eso depende de las coberturas de la póliza. Su papel es que nada se pierda por el camino. Los datos son inventados.

Si ya tienes corredor y no estás satisfecho, el cambio de mediador es un trámite sencillo y no cancela la póliza.

Información general, no asesoramiento legal individual. Cada póliza tiene sus condiciones: tu póliza manda.

Preguntas frecuentes

¿Una correduría es lo mismo que una aseguradora?

No. La aseguradora asume el riesgo y decide si se paga un siniestro según la póliza. La correduría es un mediador que te asesora y gestiona la póliza. La normativa prohíbe a los mediadores asumir la cobertura de riesgos.

¿Tener una correduría me cuesta dinero?

La remuneración del corredor son comisiones que paga la aseguradora y van incluidas en la prima. Solo habrá honorarios si tú y el corredor los pactáis por escrito. En cualquier caso, debe informarte de la naturaleza de su remuneración antes de contratar.

¿Puede una correduría tener vínculos con una aseguradora?

Puede ocurrir, pero debe hacerlo constar de forma destacada en la publicidad y la documentación mercantil: por ejemplo, si una aseguradora o un agente tiene una participación significativa en su capital, o si ella la tiene en una aseguradora.

¿Dónde puedo reclamar si hay un problema con una correduría?

Primero, ante el servicio de atención a la clientela de la correduría o su defensor, dejando constancia. Si te la han rechazado o ha pasado un mes sin respuesta (dos si no eres consumidor), puedes acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, que atiende también las quejas contra corredores y corredurías de seguros.

Fuentes y revisión

Contenido elaborado por el equipo de Invertis Capital. Fuentes consultadas el 20 de octubre de 2026.
Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero (distribución de seguros y reaseguros privados), texto consolidado · Boletín Oficial del Estado (BOE) · Consultado el 20 de octubre de 2026
Directiva (UE) 2016/97 sobre la distribución de seguros, texto consolidado · EUR-Lex, Unión Europea · Consultado el 20 de octubre de 2026
Informe estadístico anual de mediación 2024 · Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) · Consultado el 20 de octubre de 2026
Competencias del Servicio de Reclamaciones de la DGSFP · Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) · Consultado el 20 de octubre de 2026
Actividades de distribución de seguros y reaseguros · Consumo Responde, Junta de Andalucía · Consultado el 20 de octubre de 2026
Portada: imagen fotorrealista generada con IA para ilustrar el tema del artículo. No muestra ningún cliente, profesional ni caso real.
Información general. No sustituye la lectura de tu póliza ni el asesoramiento legal. Los plazos y las condiciones varían según cada póliza y cada caso.
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